Desechan solicitudes de
amparo de 100 mil maestros contra las modificaciones
Desde el 3
de abril está prohibido impugnar los cambios constitucionales, señalan
Abogados
responden que esas enmiendas no deben aplicarse de forma retroactiva
Alfredo
Méndez
Unas 600
demandas de amparo colectivas –que agrupan a unos 100 mil maestros– fueron
desechadas a finales de la semana pasada por los tres jueces federales con sede
en el estado de Puebla designados para resolver esas peticiones contra la
reforma educativa del presidente Enrique Peña Nieto.
Los
juzgadores argumentaron que los escritos de demanda fueron presentados a partir
del 3 de abril, cuando entró en vigor la nueva Ley de Amparo, que prohíbe
impugnar las reformas a la Constitución.
Los acuerdos
de los jueces refieren que “de la lectura integral de la demanda de amparo se
desprende que la parte promovente señala como acto reclamado la aprobación,
expedición, promulgación y publicación del decreto por el que se reforman los
artículos tercero y 73 de la Constitución, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de febrero de 2013.
La demanda
de amparo promovida contra dichos actos resulta improcedente, porque los mismos
derivan de disposiciones de la Constitución, modificadas y adicionadas a través
del mencionado decreto, que versan sobre la calidad en la educación
obligatoria; sobre los materiales y métodos educativos, la organización
escolar, la infraestructura educativa; sobre la idoneidad de los docentes y los
directivos que se encuentren al frente de la prestación del citado servicio; y
sobre la tutela que el Estado ejercerá en su prestación, y los métodos de los
que se valdrá para ello.
Eduardo
Pérez Saucedo, del equipo de abogados de la Coordinadora Nacional de
Trabajadores de la Educación (CNTE), informó a La Jornada que ya fue impugnada
la resolución de los tres juzgadores, bajo el principio constitucional,
previsto en el artículo 14 de la Carta Magna, que impide la aplicación de leyes
de manera retroactiva en perjuicio de persona alguna.
Explicó que
el 26 de febrero pasado entró en vigor la reforma educativa, por lo que el
plazo que tenían los maestros quejosos para impugnarla venció el 15 de abril. Y
el día 3 de este mes entró en vigor la nueva Ley de Amparo, en la cual está
prohibido impugnar una reforma constitucional por la vía de amparo.
“Antes de
que comenzará la vigencia de la nueva Ley de Amparo entró en vigor la reforma
educativa, y cuando esta última se publicó en el Diario Oficial de la
Federación, el 26 de febrero de 2013, aún estaba vigente la anterior, por lo
que hay una aplicación retroactiva de la Ley de Amparo en franca violación al
14 constitucional”, expuso Pérez Saucedo.
Las demandas
presentadas antes del pasado 3 de abril sí fueron admitidas a trámite por los
jueces federales, quienes incluso han concedido suspensiones provisionales para
que los maestros inconformes no sean despedidos en caso de reprobar una
eventual evaluación.
De acuerdo
con estimaciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), los jueces
recibieron al menos 2 mil demandas de amparo contra la reforma educativa,
colectivas e individuales, y se estima que alrededor de la mitad serán
desechadas por haber sido presentadas después del 3 de abril.
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